6 oct 2018

Análisis del Real Decreto-Ley 15/2018, que ha acabado con el Impuesto al Sol

En esencia, introduce tres principios fundamentales que regirán la actividad de Autoconsumo: 
  • Se reconoce el derecho a autoconsumir energía eléctrica sin cargos 
  • Se reconoce el derecho al autoconsumo compartido por parte de uno o varios consumidores para aprovechar las economías de escala 
  • Se introduce el principio de simplificación administrativa y técnica,especialmente para las instalaciones de pequeña potencia. 

Entrando al detalle de las disposiciones sobre Autoconsumo, podemos destacar las siguientes novedades realmente importantes: 
  • Se redefine el concepto de Autoconsumo, permitiendo el uso colectivo, con el autoconsumo compartido. Además, amplía los dominios físicos de una instalación de autoconsumo, eliminando la obligación de que esté en el mismo edificio. Ahora puede estar próxima al mismo, en líneas derivadas del mismo centro de transformación. 
  • Se elimina la obligación de darse de alta en el Registro de Autoconsumo. Las Comunidades Autónomas podrán llevar un control de las instalaciones exigiendo sólo la documentación técnica ordinaria. 
  • Se establece que la energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes. 
  • El cambio más importante es la simplificación del papeleo. Las instalaciones domésticas y todas aquellas que no vayan a verter energía a la red ya no tienen que pedir permiso a la compañía eléctrica para conectarse. Además, se elimina el segundo contador que tantos problemas daba, al encarecer y complicar la legalización de las instalaciones.
  • Se contempla la facturación neta de excedentes en pequeñas instalaciones. Se trata de restar directamente en tu factura de la luz una valoración a precio de mercado mayorista de la energía que te sobre sin que se considere actividad económica. Ojo, no confundir con el balance neto. Además, tiene que reglamentarse. 
  • Se elimina la limitación de que la potencia de los paneles tenga que ser menor que la potencia de consumo. Además, se deroga el llamado impuesto a las baterías que gravaba que fueras capaz de bajarte la potencia gracias a ellas. 
  • Finalmente, se racionalizan las terribles sanciones por incumplimientos, como la de 60 millones de euros (!!!) por no presentar un papelillo. Las sanciones nunca podrán ser superiores al 10% de la facturación anual. 
Por tanto, podemos decir hoy ya si, con total seguridad, que realmente estas medidas permitirán despegar al autoconsumo Fotovoltaico sin ninguna traba técnica o administrativa.

Tras el análisis del Real Decreto-Ley 15/2018, desde Solarmat nos atreveríamos a decir que se trata posiblemente de la legislación más beneficiosa para el conjunto de la sociedad aprobada por el Gobierno de Pedro Sanchez, en sus poco más de 100 días de Gobierno.

Aunque ya habían anunciado que la intención de la Ministra Teresa Ribera era aprobar estas importantes medidas antes de final de año, ayer no podíamos creer cierto un cambio tan significativo en este ámbito. Tras haber sufrido los últimos 7 años la más nefasta política energética de la democracia, con una legislación del autoconsumo que fue objeto de mofa internacional, hemos despertado hoy con una nueva situación, radicalmente opuesta, y que permitirá el esperado florecimiento de esta actividad en nuestro país.