Primero, subimos la luz (el Gobierno sube la parte regulada y las compañías se ocupan de la otra). Simultáneamente, "oscurecemos" la contratación (de modo que sea difícil identificar la oferta más barata o el contrato que más se ajusta a nuestras necesidades). Además, ni informamos suficientemente al usuario, ni definimos con claridad qué es un "consumidor vulnerable" (de manera que muchos no podrán acogerse a las ayudas). Así es la pobreza. Energética.
El informe recoge 26 Conclusiones
El Defensor del Pueblo comienza, en la conclusión número 1, y a Modo de Declaración de Principios, apelando a "la íntima relación entre la energía y los derechos humanos" y a la necesidad de "promover algún tipo de protección pública eficaz para garantizar esos derechos". La conclusión número 3 introduce ya el concepto de «vulnerabilidad energética», que es -dice literalmente- "la situación en la que los hogares no disponen de rentas suficientes como para satisfacer las necesidades básicas de energía". El Defensor del Pueblo recoge también el concepto de «eat or heat»: algunos hogares -dice-, debido a la escasez de su renta disponible, "se enfrentan al dilema de elegir entre gastos" (por ejemplo, alimentos o vestido; alimentos o energía).