El ayuntamiento de Madrid ha anunciado recientemente su decisión de eximir hasta de un 50% del importe del IBI y durante un máximo de tres años a todos aquellos inmuebles, residenciales o no, que instalen en sus cubiertas o fachadas sistemas de autoconsumo fotovoltaico. El límite de la exención es el 60% del coste del sistema instalado.
En numerosos artículos me he manifestado contrario a las subvenciones, porque toda subvención tiende a distorsionar el delicado equilibrio del mercado. Pero esto no es una subvención. Tiene la virtualidad de representar una ayuda económica atractiva, más simbólica que práctica (a base del 50% de tres IBI’s consecutivos difícilmente alcanzas el 60% de ninguna instalación salvo, quizás, en edificios institucionales) pero da difusión pública a las soluciones de autoconsumo, atrae la atención de los ciudadanos e instituciones, y subraya su alto valor social, al otorgársele este apoyo público.
En España, país de paradojas, tenemos un “lucro cesante” energético realmente clamoroso. Cualquiera del 1.600.000 de instalaciones fotovoltaicas domésticas de Alemania o de las 700.000 del Reino Unido, producirían en nuestro territorio, al menos un 50% más de energía debido a la elevada insolación media de nuestra península. Pese a ello, el número de instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en España, dicho con cierto optimismo, no llegará a las 30.000.