La Comisión ha aprobado las directrices para garantizar que la nueva edificación sea de consumo casi nulo antes de 31 de diciembre de 2020 (2018 para los edificios públicos) e impulsar la rehabilitación del parque de edificios existentes con niveles de eficiencia similares a los de los EECN.
El EECN se define en la directiva como el edificio que, contando con un nivel de alta eficiencia, la poca energía que requiere la produce “in situ”, en el mismo edificio o en el entorno, preferentemente con energías renovables. Se vincula así la más alta eficiencia energética con el autoconsumo y el autoconsumo compartido.
La Comisión europea afirma que en los nuevos EECN construidos en Europa son económicamente viables ahorros del 80% con un enfoque que combine las medidas sobre la envolvente, sistemas de construcción y uso de renovables “in situ”. Los Estados miembros deben incluir en las ordenanzas y reglamentaciones de construcción el uso de renovables e intervenir en el periodo de validez de las licencias de construcción para garantizar que a más tardar en enero de 2021 todos los edificios nuevos sean EECN.
En España, el Código Técnico de la Edificación limita el consumo de energía primaria no renovable para uso residencial entre 40 y 70 kWh/(m2/año) y la Estrategia de rehabilitación de 2014 excluye expresamente las renovables por razones económicas.
El desarrollo de la generación renovable en los edificios, nuevos y rehabilitados, es un cambio de paradigma en la construcción y la urbanización para sustituir el uso de fuentes no renovables, más caras y contaminantes. Por eso las instituciones europeas han considerado esta normativa sobre eficiencia energética de edificios como prioridad absoluta para el establecimiento de la Unión de la Energía.