El límite de 75 años para la explotación de las centrales hidroeléctricas por parte de las compañías privadas titulares de sus concesiones supone "un plazo máximo improrrogable", que en todo caso puede ser recortado pero en ninguno ampliado y que, además, conlleva para las empresas la obligación de indemnizar al Estado por los rendimientos que hayan obtenido durante el tiempo que las han explotado por encima de ese plazo.
Ese criterio, que allana más si cabe la eventual recuperación por el Gobierno central del más de medio centenar de concesiones hidroeléctricas que han vencido en los últimos años o van a hacerlo en los próximos, figura en la reciente sentencia por la que la Audiencia Nacional avala la reversión al Estado de la central oscense de Lafortunada-Cinqueta, una de las mayores del Pirineo.
Esas sentencias cortocircuitan, por otro lado, las maniobras de los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y de Mariano Rajoy para ir ampliando la faceta energética de la explotación privada de un recurso público como el agua conforme iban venciendo las autorizaciones, ya fuera con desmesuradas prórrogas como el siglo y medio de la central gallega de Peares en el primer caso o, en el segundo, tras la caducidad del primer expediente de Lafortunada por rebasar los plazos admisibles de reposo en un cajón.
El organismo de cuenca, dependiente del Ministerio de Transición Ecológica, ha conseguido producir electricidad en las dos primeras con un coste de un céntimo por kilowatio, una cifra doce veces inferior al precio que, con los costes y sobrecostes del sistema, acaba pagando por esa energía un consumidor medio.
Otros documentos, como el Esquema de Temas Importantes del nuevo Plan Hidrológico del Ebro, contemplan impulsar la recuperación de hasta 19 centrales cuyas concesiones vencen antes de que finalice el 2027 para dar a la energía que se produce en ellas un destino público y social que incluye, entre otros usos, regadíos sociales, redes municipales y polígonos industriales.